lunes, 28 de marzo de 2011

ATENTO LLEIDA DESPIDE A UN DELEGADO DE LA CGT



Desde de la Sección Sindical de la CGT Atento Lleida os informamos a todos/as que el compañero y delegado de la CGT Juan Manuel Salas ha sido despedido.
El pasado día 26 de marzo 2011 le fue notificado el despido a través de un telégrama, aunque la notificación se hace ahora el contenido es peculiar ya que en ella el despido se hace efectivo desde el día 7 de marzo, 23 días después se recuerdan de notificarlo.
Cabe destacar que Atento abrió su plataforma en Lleida el año 2006, desde tal fecha ha venido despreciando de manera reiterada los derechos de sus trabajadores/as, pero hace unos 7 meses un grupo de compañeros/as decidieron unirse a la CGT lo que, al parecer a la empresa no le gustó. Desde la creación de la Sección Sindical de la CGT, se han interpuesto más de 20 denuncias en Inspección de Trabajo, además de varios Juicios por despidos improcedentes donde nuestra sección sindical ha conseguido demostrar que Atento no respeta los derechos de los trabajadores/as y por lo que ha sido condenada la Empresa a pagar cuantiosas cantidades económicas.
Nuestro compañero Juan Manuel ha sido un plato de mal gusto para esta empresa sin escrúpulos. Él no se ha callado y por eso le han perseguido constantemente; él ha denunciado y por eso le han despedido.
Pero la CGT no callará. Desde nuestra Sección Sindical se le declara un conflicto permanente a Atento hasta que nuestro compañero sea readmitido y se paralice el acoso que la CGT está sufriendo en Atento.
Os pedimos que os mantengáis informados/as y participéis en los próximos actos que se convocarán por la readmisión del compañero Juan Manuel Salas a través de la página web de la sección sindical:
http:// cgtatentolleida.wordpress.com /

1 comentario:

  1. Bueno, parece ser que no os ha llegado con veracidad este tema. El Señor Salas trabajaba con un contrato de sustitución, el cual se puede rescindir o bien por incorporación de la persona sustituida o bien cuando se extinga la razón que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo. La señora a la cual sustituía el Señor Salas obtuvo la incapacidad permanente por lo que se cumple el segundo condicionante ya que esta señora pasa a causar baja de la empresa y por tanto no tiene ya derecho a la reserva del puesto de trabajo.

    Por lo tanto, al Señor Salas no se le despide, se extingue su contrato por un mero cambio de circunstancias, lo cual está amparado por la ley y por el tipo de contrato que firmó.

    Otra cosa es, y eso sí que lo considero cuestionable, la forma que han tenido de comunicar al compañero la rescisión del contrato. No puede ser que se le envie burofax con una fecha y a la semana siguiente otro con otra fecha distinta, ni alegando que se equivocaron como dicen haberse equivocado.....

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